Fuente:arquinur.blogspot.com
El 7 de julio del año pasado 2011 se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 161 el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio. Entre otras, el Real Decreto-ley introduce, en su Capítulo IV, nuevas medidas dirigidas a impulsar actuaciones de rehabilitación. A este fin, se delimitan claramente las actuaciones incluidas dentro del concepto global de rehabilitación, esto es, las actuaciones de conservación, mejora y de regeneración urbana.
El artículo 21 generaliza la Inspección Técnica de Edificios (ITE), estableciendo su obligatoriedad y sus requisitos esenciales. De esta manera, se dota a este instrumento, ya existente en la mayoría de las leyes urbanísticas en vigor, de la uniformidad necesaria para garantizar unos contenidos que ayuden a conseguir la adaptación del parque de viviendas existente a los criterios mínimos de calidad exigidos.
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